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jueves, 8 de febrero de 2018

SOCIALIZACIÓN TRABAJO SOCIAL CON GRUPOS


OBJETIVO
Se pretende llegar a una construcción teórica nutrida desde cada uno de los integrantes del curso, de manera que podamos concluir cual es hoy el rol del trabajador social con los grupos contemporáneos que se configuran.

METODOLOGÍA
La metodología propuesta para esta socialización es la siguiente:

Ø  Se realiza por parte del equipo de trabajo un acercamiento histórico al trabajo social con grupos y las funciones del trabajador social.
Ø  El grupo se dividirá en cinco subgrupos de trabajo, a cada uno se le hará la entrega de una sopa de letras relacionada con cada grupo de interés para el trabajo social, deberán hallar  el nombre del grupo que les corresponde y tres palabras claves con las cuales caracterizaran el grupo correspondiente y a partir de este deberán ubicar el papel del trabajador social dentro del grupo.  También deben ubicar qué convoca a las personas a participar en estos grupos.
Ø  Entre todos se construirá el concepto de cada grupo, ofreciéndose así un espacio para la reflexión y el acercamiento a la profesión.


TRABAJO SOCIAL CON GRUPOS

Es una forma de acción social, un método de trabajo con múltiple aplicaciones.  Su sentido y valor radica en la relación que establecen sus miembros y la situación en que actúa.  Su finalidad es el crecimiento de los individuos en el grupo y a través del grupo, y el desarrollo del grupo hacia tareas especificas y como medio para actuar sobre ámbitos sociales más amplios.

HISTORIA

Es una practica de intervención que con el tiempo establece finalidades y criterios de organización y conducción de grupos que le da el carácter de profesionalidad.  No se le atribuye a nadie sino, a profesionales que vieron que el trabajo con grupos era de utilidad para fines específicos.  Surge de la practica, se origina en EEUU y se sustenta en valores democráticos.

Inicialmente se desarrolla en centros comunitarios con la finalidad de integrar a sus miembros y mejorar las situaciones personales.

Dentro de la evolución del Trabajo Social con Grupo, podemos señalar cinco grandes etapas:

Ø  Decenio de los veinte:  Después de varias décadas de trabajo con grupos, en estos años se realizan los primeros estudios sobre este modo de intervención social.
Ø  Decenio de los treinta:  El Trabajo Social de Grupo es aceptado como método especifico y autónomo de la profesión, básicamente como respuesta a los problemas de soledad derivados del deterioro del tejido social producido por el rápido crecimiento industrial y el proceso de urbanización.
Ø  Decenio de los cuarenta:  Periodo de síntesis en el que el Trabajo Social de Grupo adquiere un perfil propio. Se publican cuatro obras clásicas sobre el tema, todas ellas en 1949.
Ø  Decenio de los cincuenta:  Expansión de la practica en varias direcciones.  Se publica el libro de Gisela Konopka, “Social group work: a helping process”, publicado en español con el titulo de Trabajo Social de Grupo.
Ø  Decenio de los sesenta:  Aparece el Trabajo Social de grupo como modelo de tratamiento.  Uno de los hechos más significativos ha sido la elaboración de un “Marco de referencia para el Trabajo Social de Grupo”, elaborado entre los años 1959 y 1963.
Ø  Década de los setenta a los noventa:  A partir de los años setenta, podría afirmarse que este método de Trabajo Social se ha consolidado con una gran variedad de propósitos:

-          recreativo y de tiempo libre
-          rehabilitación, para recuperar capacidades u orientar comportamientos,
-          educativa-correctiva, para ayudar a personas con problemas de conducta,
-          socialización, en el sentido de adquirir valores y modos de ser útiles para la vida en sociedad,
-          terapéutica-educativa,
-          prevención, para anticipar problemas antes de que ocurran,
-          promocional, para que la gente a través de una acción conjunta como es la tarea en grupo, actúe para cambiar su medio y entorno social.


FUNCIONES DEL TRABAJADOR SOCIAL

Ø  La atención del Trabajador  Social, debe estar centrada en ayudar a los miembros a construir un sistema de ayuda mutua.
Ø  El Trabajador Social comprende, valora y respeta el proceso de grupo en sí mismo, y su capacidad para producir un cambio dinámico.  El proceso del grupo incluye el desarrollo del grupo en el tiempo y el proceso de interacción en las reuniones.
Ø  La actitud básica del Trabajador Social es de respeto hacia la autonomía real del grupo.
Ø  Ayuda a los miembros a tomar conciencia de sus vivencias en relación con el grupo hacia el final de la experiencia grupal.
Ø  Ayuda a conseguir los objetivos del grupo
Ø  Facilita la integración de los miembros del grupo.  No debe dominar pero tampoco perder la autoridad.
Ø  Debe valorar la asistencia y la participación, el esfuerzo. Hacer que se acepten a sí mismos y a sus familiares. Facilita que el grupo viva una experiencia humana compartida con otros.

El Trabajador Social debe estimular activamente una mayor interacción, sugerir formas de actividad e insistir en la similitud de los problemas.  Ha de estimular  la comunicación y la identificación entre los miembros, enfatizar el valor de los recursos propios del grupo y reforzar sus lazos.  Registra las inconsistencias y contradicciones, saca partido del conflicto.




GRUPOS DE INTERES PARA  EL TRABAJO SOCIAL

SOCIOTERAPEUTICOS         dirigidos a mejorar las vivencias y la participación social de una persona, lo cual implica un desarrollo de las capacidades personales para enfrentarse con sigo mismo  y con el entorno.

SOCIOEDUCATIVOS    se dirigen al desarrollo, adquisición de hábitos, comportamientos y funciones que por distintas causas no forman parte del repertorio comportamental de los miembros del grupo.

ACCIÓN SOCIAL           la finalidad de este grupo es conseguir objetivos sociales.  Su papel es lograr que el grupo funcione como un grupo de trabajo para construir los objetivos propuestos, identificando y promocionando lideres de la comunidad.

AYUDA MUTUA            ofrece a sus miembros la posibilidad de apoyo mutuo para “conllevar” o superar situaciones que les afectan, generalmente durante prolongados periodos de tiempo.  Los grupos de ayuda mutua, se caracterizan porque en ellos no participan profesionales.  Tienen estrecha relación con los Trabajadores Sociales quienes impulsan, orientan, ofrecen información y formación a los participantes, y de forma especial a los “facilitadores” de grupos de ayuda mutua.

OPERATIVOS          mecanismo diseñado para la apropiación de un saber que no se sabe que se tiene pero que en el proceso emerge; cada uno tiene un saber desde lo cotidiano que no sabe que tiene pero cuando está en relación con el otro emerge.  Trabaja en torno a la realización de una tarea, no importa si los integrantes del grupo se llevan bien o mal, lo importante es la relación que se tiene con la tarea y la producción simbólica.
      
CONSTRUCCIÓN  DE LOS CONCEPTOS DE CADA GRUPO DE INTERES PARA EL TRABAJO SOCIAL


CONCLUSIÓN


Desde donde nos paremos hoy frente a los grupos, tendremos una posición como trabajadores sociales, que más que intervenir en ellos, es mejor entrar a comprenderlos, identificando necesidades, intereses que los están convocando, para de ahí identificar estrategias, metodologías, técnicas que sean buenas y aplicables a la hora de llegar al grupo.  Importante la posición política y ética, si va a ser una posición clásica o si vamos a entender la complejidad de los grupos.

Es importante tener en cuenta la teoría como una herramienta más no como una verdad para aplicar.  Como trabajadores sociales no deberíamos centrarnos en una teoría, me sirvo de ella para comprender pero no va a ser mi única dirección.



BIBLIOGRAFÍA


Ø  TORRES, Jorge.  Historia del Trabajo Social.  Editores Grafitalia. Barranquilla, Colombia. 1985.
Ø  KONOPKA,  Gisela.  Trabajo Social de Grupo.  Madrid:  Euroamericana.  1968.
Ø  OLZA,  Miguel.  Trabajo Social con Grupos.  En Psicología Social & Trabajo Social.  Barcelona.  Mc Graw Hill.  1994.
Ø  CUADERNOS DE TRABAJO SOCIAL.  Escuela Universitaria de Trabajo Social.  Universidad Complutense de Madrid.  Número11.  1998.  Trabajo Social de Grupos socioterapéuticos y socioeducativos.
Ø  KISNERMAN,  Natalio.  Sistematización de la Practica con Grupos.  Zaragoza.  Lumen Humanitas.  1997.

Ø  García, Dora.  El grupo:  Métodos y Técnicas Participativas.  Espacio Editorial.  Buenos Aires.
LAS POLÍTICAS SOCIALES Y LA APERTURA DEL ESPACIO PROFESIONAL.

El "espacio profesional" es el conjunto de posibilidades de acción del Trabajador Social en función del "deber ser" profesional; definimos este "deber ser" como la realización de las actividades propias del Trabajo Social puestas en la óptica de un auténtico servicio a los sectores populares.
Quiroz y Osorio definen "el espacio profesional como el ámbito de trabajo y, al mismo tiempo, de posibilidades de logro que liberadamente conquista el Trabajador Social y sus aliados dentro de las políticas sociales y las instituciones específicas y que muestran un claro argumento a favor de los sectores populares.
Espacio profesional se configura en relación con dos elementos importantes:
·         El relacionamiento de las clases sociales expresadas en políticas sociales
·         La capacidad teórica y técnica con la que el Trabajador Social interviene en la administración de las políticas sociales.
a)      En la magnitud que los sectores populares incrementen sus demandas por beneficios sociales y que los Estados puedan dar respuestas a sus aspiraciones, en virtud de ello, se logrará la ampliación del espacio profesional sino este se reducirá si los sectores populares son reprimidos por un Estado que ignora sus presiones y necesidades.
Recientemente en la historia latinoamericana hay ejemplos de gobiernos que incorporan las aspiraciones populares y, al mismo tiempo, multiplican las posibilidades de acción profesional, enfocando a la reflexión sobre mejorar la calidad de la formación que se imparte en las Escuelas de Trabajo Social y se eleve la producción científica sobre la materia.
b)      La importancia de la formación teórica y técnica del Trabajador Social en la actualidad latinoamericana y habiendo comenzado a revisarse críticamente el proceso de reconceptualización, se manifiesta que existen aún Trabajadores Sociales con una formación deficiente, lo que ha generado profesionales con pocas posibilidades de decisión, con limitaciones intelectuales e inadecuación entre lo aprendido y la práctica.
En la práctica profesional contradictoria se generan tendencias; la primera, por hacer de esa práctica un instrumento de la institución; y la otra tendencia lleva a menospreciar la técnica por una teoría mal asimilada que, cuando se pretende concretizar, no encuentra su validación en el terreno.
Una y otra tendencia ha producido, sobre todo a partir de la década de los setenta, aquello que podemos nombrar la pérdida de identidad profesional. Expresándolo como pérdida porque el Trabajo Social latinoamericano en sus orígenes, y antes del proceso de reconceptualización, tenía identidad profesional; basada en valores morales propios del humanismo liberal y/o en una concepción de tipo religioso. En cuanto a los elementos constantes, son los que constituyeron el Trabajo Social históricamente; por un lado, han sido dados por su objeto de acción: "el hombre y sus necesidades"; éstas han variado en magnitud y dimensión de acuerdo con el grado de explotación al que han sido sometidos los sectores desfavorecidos.
El nivel macrosocial, definido a partir de la intervención específica del Trabajador Social, permitiría resolver con más claridad los interrogantes que se plantean sobre ese objeto de acción del Trabajo Social, el profesional no puede dejar de actuar satisfaciendo las necesidades apremiantes de los sectores sociales desfavorecidos, los cuales transforman la vida cotidiana del individuo carenciado en una situación dramática y difícil, agudizada por la crisis actual del sistema capitalista.
Para el Trabajo Social latinoamericano es un reto fundamental recuperar la identidad profesional, a través de una toma de conciencia de la realidad de las tareas que desempeña. En consecuencia, podemos concluir que la pérdida de la identidad profesional está íntimamente ligada con el tema del espacio profesional; la menor identidad profesional va acompañada de una disminución de la capacidad teórica y técnica del Trabajador Social, que va estrechando los espacios profesionales, aún en contextos socio-políticos favorables a su aplicación.  La identidad profesional del Trabajador Social tomara fuerza en la medida que acoja una postura científica y logre una preparación técnica aptas a las tareas que debe realizar en beneficio de los sectores sociales desfavorecidos.
Las posiciones "dogmáticas" que consideran que, en el sistema capitalista, no es posible ejercer la profesión en favor de los sectores populares; y también de la postura a-crítica tradicional que sostiene una pasiva aceptación de los fines impuestos por las instituciones ya que retardan ambas la administración de los servicios sociales y estrechan el espacio profesional, siendo arriesgado
Porque la primera lleva a no cumplir con responsabilidad el ejercicio profesional; y la segunda porque hace rutinaria y empirista la actividad del Trabajador Social.
Este tema finalmente concluye que la ampliación del espacio profesional gracias a la recuperación de la identidad profesional es un aspecto relevante a tener en cuenta para la configuración del "deber ser" de la profesión, para que existan Trabajadores Sociales con un perfil profesional satisfactoria que pueda responder ante cualquier demanda popular. 






Bibliografía


·         Arturo Fernandez, M. R. (s.f.). Políticas Sociales y Trabajo Social. Buenos Aires: HVMANITAS.



DERECHO ROMANO


Antes de comenzar analizando el concepto de Derecho Romano es preciso detenernos en el significado del término “Derecho”. Entendiendo por tal como “norma de convivencia social”.
Esto implica que la sociedad, en general, para poder conseguir una convivencia pacífica necesita de unas pautas, reglas o normas de comportamiento que vendrán determinadas por el sistema político que en cada etapa de la historia social exista.
Partiendo de este concepto, se puede decir -en relación con Roma- que el Derecho Romano es un Derecho histórico, pasado y no vigente pero que sorprende, como señala TORRENT (Derecho público romano y sistema de fuentes), por varios motivos:
Ø  Por la perfección del ordenamiento jurídico.
Ø  Porque pervivió mucho más allá al pueblo que sirvió y del que nació.
Efectivamente, el Derecho Romano es aquel ordenamiento jurídico que rigió al pueblo romano desde el siglo VIII a.C. hasta el siglo VI d.C (754 a.C. al 565 d.C), siendo el Corpus Iuris Civilis (C.I.C.) el gran monumento jurídico, mandado compilar por Justiniano, donde se recoge todo el saber jurídico y, en consecuencia, es un pilar decisivo en la Historia jurídica mundial, que tuvieron vigencia a través de las diversas etapas de la historia del pueblo romano (monarquía, republicana e imperial)
Sin embargo, con Justiniano no concluyó el Derecho Romano, ya que lo vemos surgir de manera esplendorosa nuevamente a partir del siglo XII en lo que ha venido a llamarse el Renacimiento jurídico medieval, influyendo de manera decisiva sobre los Códigos Civiles vigentes. Pues no podemos olvidar que en Europa hasta el año 1900, con la publicación del Código Civil alemán, el Derecho Romano fue un Derecho positivo o vigente; perdiendo desde entonces ese carácter y convirtiéndose en un Derecho histórico.
Así las cosas, la expresión “Derecho Romano”, según ALBERTARIO, puede emplearse para designar al:
·         Derecho prejustinianeo: El Derecho elaborado en las distintas épocas de la vida de Roma hasta la Compilación del mismo, en el siglo VI d.C. por el emperador Justiniano.
·         Derecho justinianeo: Para indicar la legislación justinianea.
·         Derecho posjustinianeo: Para señalar la adaptación y el desenvolvimiento que tuvo el Derecho Romano y, concretamente, la legislación justinianea durante la nueva civilización medieval y moderna.
Fue un Derecho que estuvo vigente casi en todos los países europeos hasta finales del siglo XVII y en Alemania hasta el año 1900 con la publicación del Código Civil.
HISTORIA
El nacimiento del derecho romano se debe a la división existente en la sociedad romana entre patricios y plebeyos. Las tradiciones legales romanas estaban en manos de los patricios y todos los asuntos relacionados con los derechos recaían sobre el Pontifex Maximus, conociéndose como derecho pontifical. Los plebeyos desconocían como iban a ser juzgados exactamente y normalmente los patricios aplicaban la tradición pontifical según convenía a sus intereses. Por ello, una de las reclamaciones plebeyas, era la codificación de la tradición en forma de leyes. Para ello, el Senado acordó enviar una comisión a Grecia para informarse sobre las leyes de las ciudades, y después se decidió la abolición de las magistraturas patricias y del tribunado de la plebe, entregando el poder a una comisión de decenviros, que debían codificar las leyes romanas en un período de un año.
Esta comisión elaboró X (10) tablas de leyes bastante justas y, por tanto, favorables a los plebeyos, pero, al no estar terminado el trabajo, se nombró una segunda comisión decenviral, mucho más conservadora, que elaboró las dos últimas tablas, con leyes netamente antiplebeyas, que, por ejemplo, prohibían los matrimonios mixtos. Esta comisión intentó perpetuarse en el poder, pero fue depuesta y el sistema de magistraturas empezó a funcionar de nuevo. El resultado fue el primer cuerpo legal conocido y estructurado, llamado Ley de las XII Tablas, del siglo V a. C., y que fueron expuestas públicamente en el Foro Romano.
Durante la República las fuentes del derecho romano fueron la Ley de las Doce Tablas, los plebiscitos, normas elaboradas en los comicios tribunicios y los edictos de los pretores.
Durante el imperio, legislaba el emperador. Sin embargo, en este periodo destacan más las denominadas Constituciones, recopilación y sistematización del cuerpo jurídico desarrollado durante la República.
Cuando Roma fue conquistando otros territorios, crearon un nuevo código legal, el ius gentium que regulaba las relaciones con otros pueblos y entre romanos y peregrinos (extranjeros que vivían en Roma). El ius gentium es el origen del derecho internacional.
Los romanos además de leyes regularon meticulosamente los procedimientos judiciales con el objetivo de garantizar la independencia judicial. En los contenciosos, intervenían el demandante y el demandado.
Cuando un particular pleiteaba, le correspondía al pretor determinar la necesidad o no de realizar un juicio. En el caso afirmativo el juez, elegido por consenso entre las partes, estaba obligado a dictar sentencia ateniéndose a la legislación vigente.
En las causas criminales, el demandado podía apelar ante las asambleas populares si no estaba de acuerdo con la sentencia. El sistema de penas fue evolucionando. En un principio, era muy duro ya que imperaba la ley del talión (el ojo por ojo). Según pasó el tiempo la pena se ajustó a la gravedad de la infracción cometida valorándose las circunstancias.
Desaparecido el Imperio Romano de Occidente, el emperador bizantino Justiniano se propuso en el siglo VI la reconstrucción del Antiguo Imperio Romano. Por ello, además de la recuperación territorial, ordenó la recopilación de todo el derecho romano, el denominado Corpus Iuris Civilis. Esta obra ha permitido un exhaustivo conocimiento del derecho romano y su pervivencia a lo largo de la historia.
Tras la caída del Imperio Romano de Occidente, en la Europa feudal se impuso el derecho germánico basado en la costumbre. La restauración del derecho romano durante la Edad Media, fue posible gracias al descubrimiento de un ejemplar del Corpus Iuris Civilis en el siglo XII. Se crearon entonces numerosas cátedras de derecho entre las que destacan las de la universidad de Bolonia y después de Salamanca.
La recuperación del derecho romano se debió a que aportaba argumentos jurídicos a los reyes europeos en su lucha por conseguir la universalidad de la ley frente a la fragmentación de la justicia señorial y eclesiástica.
El derecho romano fue el sustrato legal básico de todos los países de occidente hasta el siglo XIX, momento en el que la formación de los estados-nación llevó a la elaboración de Constituciones y leyes propias.
Sin embargo, en la actualidad el derecho romano sigue vigente en lo básico, es decir, no en las instituciones, leyes o procedimientos, sino en las ideas de independencia judicial y de respeto por la ley, que igualan en derechos a todos los ciudadanos.
IMPORTANCIA
Su importancia reside en que sigue resultando la base de la formación jurídica, y como un modelo a tomarse en cuenta, observando la lógica jurídica que utilizaban los romanos en su aplicación, y un poderoso auxiliar para el estudio del derecho de un país, basado principalmente en el derecho romano. El derecho romano es la base e inspiración del derecho civil y comercial en muchos países.
Se divide en Derecho Público, que es aquel que beneficia a la comunidad y regula las relaciones que son provechosas para el común de la gente. Tiene una conexión muy marcada con las instituciones que controlan y organizan la sociedad, que buscan el bien común, y Derecho Privado, es aquel que les corresponde a los particulares. Tiene relación con la colectividad ya que en él radica el bien común, la libertad privada nace cuando lo hace la propiedad privada y el derecho patrimonial (la propiedad) es el nervio de todo el Derecho Privado.
ETAPAS HISTÓRICAS DEL DERECHO ROMANO
1. Derecho antiguo: comprende del año 753 al 130 a. C., se le conoce como Derecho quiritario, basado principalmente en las costumbres de los antepasados, mismo que, posteriormente en la Ley de las XII Tablas. Exclusivo para ciudadanos, es severo, rígido y formalista.
2. Derecho clásico: aplicado a partir del año 130 a. C. al 230 D. C. Su principal característica es que no es un derecho legislado, sino se fundamenta en la jurisprudencia. La falta de regulación en materias como derecho privado, es suplida por la actividad del Pretor a través de su Edicto.
3. Derecho postclásico, abarca del año 230 al 527 D. C., en donde su principal característica es el dominio del Emperador, disposiciones que regulan todos los ámbitos de la vida pública y privada de sus súbditos.
4. Derecho justinianeo, en uso de los años 527 a 565 D. C. Justiniano inicia la reforma legislativa que tiene como objetivo principal el reunir, concordar y codificar el acervo jurídico existente hasta esa fecha. Conocido como el Digesto de Justiniano. Cuya obra tiene alteraciones que responden a las necesidades políticas.

REFIRIÉNDONOS AL DERECHO PRIVADO ROMANO, LAS FUENTES SE CLASIFICAN EN FORMALES E HISTÓRICAS:

a) Fuentes reales, mismas que enmarcan todos aquellos acontecimientos de índole política, social, económica o religiosa, que motivan que se elabore cierta disposición jurídica, como por ejemplo cuando en algún momento se restringe el número de esclavos que un testador podía tener, sin que se pudieran rebasar los cien.
b) Las fuentes formales, son los procedimientos a través de los cuales se construían disposiciones jurídicas. Así como las fuentes formales del derecho romano como lo es la jurisprudencia, la costumbre, las leyes votadas en los comicios, los plebiscitos, los senadoconsultos, etc.








CONCLUSIONES
·         Para comprender mejor el ordenamiento jurídico de los países del occidente es importante entender a la perfección el Derecho Romano, pues este es la base de todos los demás ordenamientos jurídicos occidentales actuales.
·         La historia del derecho romano es considerada especial para la educación de los juristas, principalmente por dos razones: Por ser el sistema jurídico más completo que la humanidad ha producido y por ofrecer un ciclo completo de evolución jurídica.

BIBLIOGRAFIA

·         https://www.upg.mx/wp-content/uploads/2015/10/LIBRO-10-Historia-y-Fuentes-del-Derecho-Romano.pdf
·         https://es.wikipedia.org/wiki/Derecho_romano

·         http://www.monografias.com/trabajos89/resumen-del-derecho-romano-i/resumen-del-derecho-romano-i.shtml#ixzz4xbCFVGJB
ORIGEN Y EVOLUCIÓN DE LOS DERECHOS HUMANOS



INTRODUCCIÓN

Los Derechos Humanos rigen las relaciones de convivencia humana, orientan el ordenamiento jurídico institucional y tienen una función crítica frente al orden establecido.
 Todo derecho implica un deber. Según la Declaración Universal de Derechos Humanos, estos son el ideal común por el que todos los Pueblos y Naciones deben esforzarse, estos nos permite desarrollar y emplear cualidades e inteligencia y satisfacer varias necesidades, cada ser tiene un valor y dignidad la cual debe de ser respetada y tener una debida protección, es decir, que tanto el hombre como la mujer son un fin en sí y no un medio o un instrumento para otros fines.
Son universales e inherentes sin discriminación alguna para toda persona, estos derechos se deben defender en cualquier lugar y momento para que tengan validez y se pueda hacer el uso adecuado de los mismos.
Los Derechos Humanos surgieron ante la inexistencia de una ley que delimite ante la acción abusiva realizada por parte de algunos nobles, mandamases, etc. Ante el descontento existente por parte de varios esclavos o grupos sociales estos se sublevaron para que exista igualdad en el trato de las personas.
En Mesopotamia, aparecen por primera vez recopilaciones de normas, de forma sistematizada, orientadas a organizar la vida social. El Código de Urukagina, y el Código de Ur-Nammu fueron los precedentes del Código de Hammurabi (ca 1700 aC), la compilación  jurídica más conocida de la Antigüedad, compuesta por 282 artículos que, además de normas referentes a los tribunales, contenía disposiciones sobre la familia y el comercio.
El Código de Hammurabi regulaba la conocida Ley del Talión.

DESARROLLO

El origen del Derecho se basa en la necesidad impuesta por la condición social del ser humano. La palabra Derecho se originó en el vocablo latino “derectum” que significa recto, referido al fiel de la balanza, que mantiene en equilibrio a ambos platillos, tratando de lograr un equilibrio entre los derechos contrapuestos.
En toda comunidad surgen conflictos, y las normas que conforman el Derecho tienen el objetivo de solucionarlos, por lo cual desde las más primitivas sociedades humanas se requirió de ellas.
Documentos medievales y modernos, como la Carta Magna inglesa, de 1215, y la Carta de Mandén mandinga, de 1222, se han asociado también a los derechos humanos.
Después de varios intentos por cientos de años, en 1215 se realizó la primera aproximación a los que actualmente se conoce como la Declaración de los Derechos del Hombre que fue la Carta Magna de Inglaterra. Esta Carta Magna estuvo basada en la naturaleza del hombre, la cual proponía la igualdad en el trato y castigos justos para todas las personas que cometiesen delitos.
En el siglo XX, tras concluir la Primera Guerra Mundial, proliferaron nuevas declaraciones que, de una manera u otra, proclaman y protegen los Derechos Humanos. Así, podemos citar la contenida en la Constitución de los Estados Unidos Mexicanos (México, 1917), la Declaración pública de los derechos del pueblo trabajador y explotado (Rusia, 1918) o la que figura en la Constitución de Weimar (Alemania, 1919).
A los tres años de la creación de la Organización de las Naciones Unidas sus miembros consideraron necesario un reconocimiento universal y específico de estos derechos, de tal forma que, en su Asamblea General, celebrada en París el 10 de diciembre de 1948, se aprobó la Declaración Universal de Derechos Humanos
La proclamación de esta Declaración se hizo en los términos siguientes: Todos los seres humanos nacen libres e iguales en dignidad y derechos y, dotados como están de razón y conciencia, deben comportarse fraternalmente los unos con los otros.
De esta forma los Derechos Humanos son reconocidos por primera vez sin distinción alguna de raza, color, sexo, idioma, religión, opinión política o de cualquier otra índole, origen nacional o social, posición económica, nacimiento o cualquier otra condición.

CONCLUSIÓN

A lo largo del tiempo los Derechos Humanos se han ido modernizando y han llegado a ser una herramienta muy útil para que la humanidad pueda conocer sus límites y derechos para poder avanzar hacia un futuro mejor.
Muchos conflictos han podido ser solucionados bajo los artículos de la Carta de las Naciones Unidas, las cuales invocan a una solución pacífica de los conflictos.
En muchas partes no se ha logrado todavía, pero los Derechos Humanos han servido para que muchas personas se den cuenta que existe igualdad entre los seres humanos sin importar sexo, color, raza, etnia, religión, etc. Todas las personas tienen los mismos derechos y ninguna ser humano es superior a otro por sus características.
Los derechos humanos nos han servido para crear una sociedad más digna en la cual no existan diferencias entre los hombres. A raíz de la Declaración de los Derechos del Hombre se ha visto que los problemas entre personas han sido resueltos de una manera más justa y dentro de lo permitido en los Derechos Humanos







Bibliografía

·         https://acontracorriente6.wordpress.com/2013/04/20/origen-y-evolucion-de-los-dd-hh/
·         https://www.gestiopolis.com/evolucion-de-los-derechos-humanos/

·         https://es.wikipedia.org/wiki/Derechos_humanos#Origen_cultural
Los Modelos Políticos Latinoamericanos y las Políticas Sociales
Por políticas sociales normalmente se entiende un conjunto de disposiciones legales y de acciones de parte de los poderes públicos, como de los distintos grupos sociales que tienden a proteger la existencia y la calidad de la vida humana de la totalidad de los integrantes de la respectiva sociedad. El Estado latinoamericano, tiene rasgos particulares que lo diferencian de los modelos políticos occidentales y que determinan el origen y la formación de los modelos políticos en América Latina, dos de estos rasgos son:
ü  El carácter determinante de la hegemonía externa sobre el Estado, que implica la dependencia económica de sociedades capitalistas; esto significa que el desarrollo desigual del capitalismo impide a las clases dominantes locales, asumir la dirección del proceso social.
ü  La debilidad de la sociedad civil, dominada por el Estado, incapaz de generar proyectos alternativos de hegemonía social. El Estado dominador es incapaz de contener conflictos entre clases, por un alto grado de inestabilidad y violencia políticas.
Es por ello que distinguiremos cuatro Modelos Políticos:
1.      El Estado patrimonial (1830-1880): Poder central débil, controlado por autocracias militares o civiles inestables. Situación que se aproxima a la anarquía, con estructura política dispersa y contexto económico social con rasgos pre-capitalistas.
Este modelo nace como consecuencia de las tempranas crisis de los nuevos estados independientes y el fracaso de proyectos liberales de líderes como Bolívar; desencadenadas por la contradicción entre las burguesías comerciantes urbanas y las oligarquías latifundiarias. Este tipo de Estado fomenta la beneficencia privada, debido a que carece de recursos económicos y despreocupación por desarrollar las políticas sociales.
2.      El Estado liberal oligárquico (1980-1930): Poder central fuerte que consolida la unidad nacional, las sociedades latinoamericanas pasan a proveer de materias primas agropecuarias y mineras.
Este modelo surge como consecuencia de la Revoluciones Liberales, implica una alianza social integrada por el capital monopólico extranjero, esta alianza tiende a generar una estructura económica agrominero-exportadora, que requiere mano de obra barata. El Estado oligárquico excluye a los sectores medios, adoptando un estilo de gobierno autocrático que se niega a permitir el ascenso de grupos sociales subordinados.
3.      El Estado nacionalista popular (1930-1960): Este modelo fortalece el poder central ampliando sus funciones e intenta transformar el Estado oligárquico. Alianza social integrada por sectores de la burguesía industrial, las clases medias y por el proletariado urbano y/o rural; desarrollo industrial por sustitución de importaciones con el apoyo y estímulo del Estado.
Este modelo desarrolló la cobertura y calidad de medida de protección social a sectores obreros urbanos y en algunos países a los campesinos.
4.      El Estado desarrollista (1960-1980): Este modelo intenta superar la crisis de hegemonía del Estado nacionalista popular, Consiste en desarrollar sectores productivos aptos para la exportación con la participación de empresas multinacionales, reduciendo la intervención económica del Estado y restableciendo la libertad de la iniciativa privada, limitadas durante el periodo populista.
Este modelo está orientado hacia una forma de gobierno autoritaria, con capacidad de conducción social sobre sectores sociales subordinados. Con tendencia a reducir el gasto social, para restablecer el equilibrio fiscal generado en el periodo populista.

Conclusiones
Se busca definir las políticas sociales como medios de lucha contra las desigualdades sociales, como instrumento de crecimiento económico y una forma de control social.
Existen cuatro modelos políticos, que se agrupan en diferentes periodos, los mismos que muestran los cambios en las políticas sociales a través del tiempo. Estos modelos son: Estado patrimonial (1830-1880), Estado liberal oligárquico (1980-1930), Estado nacionalista popular (1930-1960) y Estado desarrollista (1960-1980).

Bibliografía

Fernández , A., & Rozas, M. (1988). Políticas Sociales y Trabajo Social. Buenos Aires: Hvmanitas.



SOCIALIZACIÓN TRABAJO SOCIAL CON GRUPOS OBJETIVO Se pretende llegar a una construcción teórica nutrida desde cada uno de los inte...